Luego de años de lucha por la reivindicación del trabajo de los Guardaparques, la Ley que modifica 5 artículos de la Ley 352/94 “De Áreas Silvestres Protegidas”, fue finalmente promulgada por el Poder Ejecutivo.
Con esta modificación, los trabajadores no solo de las áreas silvestres de dominio público, sino también de las privadas y las que están a cargo de binacionales, podrán lograr mejores condiciones y herramientas de trabajo, fortaleciendo la noble labor que cumplen para la protección y conservación de los recursos naturales de nuestro país, según mencionaron desde el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
En la modificación, se especifican los derechos laborales como las remuneraciones extraordinarias, exposición al peligro, jubilación, bonificaciones por desarraigo, cuando los trabajadores cumplan servicios a una distancia superior a cien kilómetros de su domicilio. Días libres, vivienda y otros derechos también son abarcados por la Ley. Además, según el documento, la contratación y/o nombramiento del personal deberá regirse a través de las leyes laborales correspondientes y por las disposiciones especiales dispuestas en la normativa que regula la gestión de las áreas silvestres protegidas.
Por otra parte, se amplía el artículo 44, que habla sobre la equiparación de estos funcionarios como agentes de orden público, con la autorización para la portación de armas, al respecto, en el documento promulgado se especifican los casos en dónde los mismos pueden hacer uso de dichas armas, siempre en el cumplimiento de la labor de protección de las áreas protegidas y de su vida.
También, se amplía lo que refiere a la conformación del Cuerpo Nacional de Guardaparques, en esta parte, se estipula que el plantel lo deberán conformar trabajadores registrados por la autoridad de aplicación de la Ley 352/94 “De Áreas Silvestres Protegidas”, en ese contexto, el MADES deberá contar con un registro actualizado de dichos funcionarios.
Otros puntos relevantes son los referentes a los programas de capacitación y formación continua, que la autoridad de aplicación deberá impulsar en el marco de las nuevas disposiciones, además de la cooperación internacional para la transferencia de conocimientos y tecnologías, con el fin de fortalecer y facilitar la labor de protección.
Este hecho marca un hito histórico sin precedentes en nuestro país y permitirá un mejor y mayor desempeño de los guardianes de la naturaleza, en la preservación de las áreas protegidas del Paraguay. La iniciativa de la actualización de la ley fue impulsada desde su inicio por la Asociación de Guardaparques del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Paraguay (AGUAPA), con el apoyo varias ONG´s ambientalistas.
Desde el Ministerio del Ambiente, como autoridad de aplicación de la normativa de áreas silvestres protegidas señalaron que celebran este logro y reafirman el compromiso de dotar de mejores herramientas para los guardaparques y la lucha constante por el fortalecimiento de los Parques Nacionales, teniendo en cuenta el valor que representa cada una de éstas áreas para el ecosistema de la región y el mundo.